R M
Zaragoza
La Audiencia
Nacional ha desestimado el recurso contencioso
administrativo presentado por los padres de diez alumnos y los
ayuntamientos de Bijuesca, Malanquilla, Tobed y Carenas
contra la orden del MEC que regulaba las ayudas individualizadas
de transporte escolar para el curso 1996-97. Pero reconoce el
derecho de los padres a no ser discriminados en la relativo a
la gratuiadad del citado transporte, por la que podrán pedir
conpensaciones.
El recurso fue
interpuesto en octubre de 1996 al cerrase las centros escolares
de Tobed y Calcena (que más tarde han recuperado, al contar de
nuevo con el minímo de cinco alumnos) y considerar los padres
de los alumnos afectados en estos pueblos que la suma que les
daba el MEC para sufragar el traslado durante todo el curso a
otras localidades situadas era insuficiente y discriminatoria.
En Tobed, por
ejemplo. los padres de un alumno que tuvieron que llevarle
durante todo el curso a Santa Cruz de Grío, a 8 kilómetros,
consideraron corta a ayuda de 75.000 pesetas por parte del MEC.
Un caso similar se daba en Calcena (para ir a Trasobares) y con mayores
distancias a cubrir, en los municipios de Bijuesca y Malanquilla
con el colegio en Ateca. Los núcleos de Purroy y Carenas no
entraron en el recurso administrativo pese a haber formulado quejas.
Los alcaldes consideraban que al asumir los
padres la carga física del transporte y la falta de comedores
escolares en los centros de destino suponía por parte del MEC
de un incumplimiento del principio constitucional. de igualdad
educativa y de gratuidad. El titular de Tobed, Juan Antonio
Sánchez Quero, manifestó a este diario que la sentencia podia
considerarse como “un triunfo de las reivindicaciones de los padres y los
ayuntamientos”, pese a no haber logado revocar una orden
ministerial, lo que “hubiera tenido consecuencias descomunales en todo e1 territorio
MEC”.
Sánchez Quero no pudo lograr del entonces
director provincial del MEC, Jesús Arriaga, que se mantuviera
la escuela abierta en Tobed ni en Calcena con cuatro alumnos,
con perspectivas de aumentar el número en un año.
|
Transporte escolar en Calcena. Un taxi deja al único alumno de ESO.
Miércoles. 3 de noviembre de 1999
Trasladar
el riesgo a otros
Los alcaldes pedían la nulidad de pleno
derecho de la orden del MEC de 23 de Septiembre de 1996 que
regulaba la concesión de las ayudas individualizadas de
transporte escolar para el curso 96-97, por vulnerar el
artículo 27.4 de la Constitución y el artículo 65.2 de la
LOGSE, “al
cercenar, bajo el pretexto de desarrollarlo, el imperativo legal
de prestar de forma totalmente gratuíta el servicio de
transporea escolar.” Estimaban los actuantes que el importe de
las subvenciones reguladas no alcanzaba a cubrir todo el coste
del transporte. “trasladando
además el riesgo derivado del establecimiento y funcionaniento
del servicio a las familias de los usuarios” Por contra, la sentencia señala que se crea un sistema de ayuda
directa “tendente
a que las familias puedan elegir entre las opciones
disponibles” y no entra a dirimir “si las ayudas son o no
son suficientes”.
|

|